Posted at 22:00h
in
Uncategorized
by info
Se permitirá declarar como tipo de procedimiento, Cas. 1.2, el valor “B”, que indicará que se trata de una declaración simplificada a complementar con posterioridad al despacho.
Esta complementación se realizará con un nuevo servicio web que se publicará antes de final de julio.
Los datos que se podrán complementar por este servicio web serán: Cas.31 (unidad y cantidad de medida), Cas. 35 (masa bruta), Cas. 38 (masa neta), Cas. 41 (unidades suplementarias), Cas. 31 (bultos: tipo de bultos, cantidad…).
Una vez complementado, el nuevo tipo de procedimiento de la declaración será “X”, declaración complementaria de una simplificada.
Source:: Novedades Agencia Tributaria