27 Oct Note de rappel,,es,obligations d'agir en tant qu'entité collaboratrice dans le remboursement de la TVA sur une base passager,,es: requisitos para actuar como entidad colaboradora en la devolución del IVA en régimen de viajeros
El artículo 117.Tres de la Ley 37/1992, de 28 Décembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece que la devolución de las cuotas soportadas en las adquisiciones de bienes efectuadas en el régimen de viajeros regulado en el artículo 21. 2.º de la propia Ley, podrá efectuarse a través de entidades colaboradoras en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
Source:: Agence nouvelle taxe
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