Traduction

Defini comme langue par défaut
 Modifier la traduction
MYR ASESORES | Baja extraordinaria en el REDEME y renuncia extraordinaria a la aplicación del régimen especial del grupo de entidades durante el 2017
985990
post-template-default,unique,seule post,postid-985990,single-format-standard,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-theme-ver-6.0, comp-de-ver-4.3.4 wpb-js-compositeur, vc_responsive

28 Mai Baja extraordinaria en el REDEME y renuncia extraordinaria a la aplicación del régimen especial del grupo de entidades durante el 2017

La 27 de mayo se ha publicado en el B.O.E el Real Decreto 529/2017, de 26 MAI, por el que se modifica el Reglamento del IVA añadiendo dos disposiciones transitorias (cuarta y quinta) donde se establece para el año 2017: 

– Un plazo extraordinario para la solicitud de baja en el registro de devolución mensual (REDEME), que podrá efectuarse hasta el día 15 Juin 2017 y con efectos de 1 de julio a través de la declaración censal modelo 036 

– Un plazo extraordinario para la renuncia a la aplicación del régimen especial del grupo de entidades, que podrá efectuarse hasta el día 15 Juin 2017 y con efectos de 1 de julio de ese año a través de la declaración censal modelo 039 

– La imposibilidad de optar por llevar los libros registros a través de la sede electrónica de la AEAT por los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado durante el segundo semestre de 2017. 

Source:: De nouvelles taxes

      

Sans Commentaires

Désolé, le formulaire de commentaire est fermé en ce moment.