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MYR ASESORES | Nota recordatoria: requisitos para actuar como entidad colaboradora en la devolución del IVA en régimen de viajeros
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27 Oct Nota recordatoria: requisitos para actuar como entidad colaboradora en la devolución del IVA en régimen de viajeros

El artículo 117.Tres de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece que la devolución de las cuotas soportadas en las adquisiciones de bienes efectuadas en el régimen de viajeros regulado en el artículo 21. 2.º de la propia Ley, podrá efectuarse a través de entidades colaboradoras en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

Source:: Novedades Agencia Tributaria

      

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