11 Dic Exención de derechos antidumping (medida Taric 464-REU) Vs. aplicación gestora de destino final.
Se ha solucionado el problema detectado en las declaraciones de importación con destino final referido a la exención de derechos antidumping (medida TARIC 464-REU) que impedía el alta de estas declaraciones en la aplicación gestora de destino final.
A partir de mañana 13-12-2017 a las 08:00, el sistema funcionará correctamente siempre que se incluya la correspondiente autorización de destino final en la casilla 44 con el código D019 tal y como establece la medida
TARIC.
Se recuerda que el código de reducción que debe declararse en la casilla 36 para estos casos es el 00.
Source:: Novedades Agencia Tributaria
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