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MYR ASESORES | Colaboración social en la solicitud de certificados tributarios
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22 Ene Colaboración social en la solicitud de certificados tributarios

Con la publicación de la Resolución de 12 de enero de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 29 de mayo de 2006, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la aplicación de los tributos, para la solicitud de certificados tributarios, se amplia el ámbito objetivo de la colaboración social a la solicitud de todos las modalidades de certificados tributarios que pueden solicitarse a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, y que hasta la fecha, estaba limitado a la solicitud de tres certificados tributarios: certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias, certificado de contratistas y subcontratistas y certificado de residencia fiscal.

Esa ampliación se inicia con los certificados de Actividades Económicas y de Exoneración de retención a los arrendadores de inmuebles, así como los que pueden solicitarse a través de la nueva aplicación de certificados tributarios genéricos.

Progresivamente se irán adaptando las solicitudes del resto de certificados.

Source:: Novedades Impuestos

      

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